Ley de financiamiento de ciencia y técnica

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En el mes de marzo de 2021, el Congreso de la Nación aprobó por unanimidad la Ley 27.614 de Financiamiento de la Ciencia y la Técnica, cuyo propósito es ‘establecer el incremento progresivo y sostenido del presupuesto nacional destinado a la función ciencia y técnica, por su capacidad estratégica para el desarrollo económico, social y ambiental’. Este incremento llevaría la partida presupuestaria desde el actual 0,28% del PBI en 2021 hasta el 1% en 2032. A PBI constante, esto implicaría un aumento del presupuesto nacional de 3,6 veces, lo cual sería inédito en la historia de nuestro país. Considerando los habituales ciclos regresivos que obstaculizarían el crecimiento presupuestario, la ley también propone garantizar que ‘la asignación de recursos para la función ciencia y técnica del presupuesto nacional nunca será inferior, en términos absolutos, a la del presupuesto del año anterior’.

Es importante hacer algunas observaciones. En primer lugar, el alcance de la ley se extiende a los organismos de la Administración Pública Nacional alcanzados por la función ciencia y técnica. Estos son, por ejemplo, el Conicet, la CNEA, el INTI, el INTA, la ANLIS (y sigue la lista; son 31 organismos, 27 nacionales y 4 provinciales, en 9 ministerios). Son aquellos definidos por la ley de ciencia y técnica –25.467– y que aparecen en el presupuesto nacional cada año. En segundo lugar, este aumento del presupuesto estaría separado de otras inversiones. No incluiría, por ejemplo, al aporte que hacen las universidades nacionales, las cuales constituyeron, en 2019, el 22,3% de toda la inversión en I+D. Tampoco incluiría a la inversión privada, que en ese mismo año fue del 0,18% del PBI. Un tercer aspecto a destacar es la inclusión de un artículo, el octavo, que hace hincapié en la federalización de los recursos. Así ‘se establece que un mínimo del veinte por ciento (20%) del incremento anual… debe distribuirse en el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación en las provincias y en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, y aplicarse a proyectos que promuevan un desarrollo armónico de las regiones del país, poniendo énfasis en aquellas de menor desarrollo’.

El proyecto estaba en carpeta y en preparación desde hace varios años y el hecho de que se haya aprobado extiende una perspectiva de crecimiento pautado para la próxima década. Para cualquiera de los organismos afectados esto no es un detalle menor. Sumado a la incerteza inflacionaria, la oscilación en la política de ciencia y técnica de los distintos gobiernos hizo que el presupuesto variase a lo largo de los años. Con una política de crecimiento asegurada, por la cual cada escalón alcanzado no podría desandarse, la posibilidad de hacer planes de inversión y de transformación de las actuales estructuras estatales es un atractivo que podría alentar cambios. 

El organismo de CyT con mayor presupuesto, el
Conicet, podría llevar a cabo sus planes de crecimiento estructurándolos de acuerdo con incrementos presupuestarios predecibles. Como se trata del principal ingresante de recursos humanos al sistema, esto tendría un impacto en todas las áreas. El papel del Conicet es relevante, aunque debatido por algunos sectores sobre todo en lo referido a la federalización de su alcance y a su carencia de una estrategia institucional. Es de imaginar que una instancia de crecimiento programado podría conducir a un debate más profundo acerca del papel que la institución debe jugar como parte del sistema.

Un comentario adicional merece el tema de las universidades, tanto las nacionales como las provinciales. Las universidades son parte enumerada del SNCyT como se detalla en la ley 25.467. Sin embargo, su participación presupuestaria para la finalidad-función 3,5, que es la de ciencia y técnica, es marginal; solo el 0,8% del presupuesto universitario total se dedica a la CyT. Esto quiere decir que, si se incrementara esta porción del presupuesto siguiendo la ley, hacia 2032 debería implicar el 3,2% del presupuesto universitario total (suponiendo que las funciones de salud y educación crecieran en la misma forma en que lo han hecho hasta ahora). Este aumento, sin embargo, resulta todavía menor cuando se lo compara con la participación que las universidades tienen en el presupuesto de I+D –del 22,3% en 2019, como se mencionó arriba–. Es decir que la ley estaría aumentando el presupuesto de aquellos organismos orientados por su misión, pero no afectaría la de aquellos otros que desarrollan ciencia y técnica de manera más autónoma, ‘basada en la curiosidad’, como suele afirmarse. 

Más allá del sempiterno debate entre ‘ciencia básica’ y ‘aplicada’, un resultado posible luego de diez años de aplicación de la ley podría ser el de universidades y organismos de CyT más fortalecidos en recursos humanos financiados por el Conicet y más desarrollos en los organismos de ciencia y técnica de la administración central. Faltarían aún recursos del Estado para la ciencia desarrollada en el ámbito universitario, pero podría volverse virtuoso que los organismos de CyT ‘contrataran’ con las universidades la ciencia básica necesaria para sus proyectos. Esto podría ser fuente de creación de empresas de base tecnológica a partir de conocimientos básicos que podrían proveer servicios tanto a los organismos de CyT como al sector industrial de mayor envergadura. La aprobación de esta Ley acompaña el avance en el Plan Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación (PNCTI), un instrumento que define, organiza y comunica el conjunto de políticas, estrategias e instrumentos para todos los actores y agentes públicos y privados que integran el Sistema Nacional de Ciencia, Tecnología e Innovación. 

Como el lector habrá notado, hemos redactado este editorial haciendo uso prioritario del modo potencial porque el resultado de este aumento presupuestario dependería fuertemente de la voluntad de los actores. Como en toda empresa humana, los recursos son necesarios para llevar adelante los proyectos, pero son necesarios los proyectos integrales con horizontes de corto, mediano y largo plazo, aventuras de cambio que requieran de conocimiento, emprendidas con un consenso mínimo respecto de cuáles son los alcances, las posibilidades y las limitaciones de nuestro sistema científico y tecnológico. Es difícil que una ley alcance a comprender todo esto. 

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